INTRODUCCIÓN
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en cumplimiento de
lo dispuesto en la Resolución XXII, apartado 4, de la Segunda Conferencia
Interamericana Extraordinaria, y en el Artículo 9 (bis) apartado c)
de su Estatuto, ha preparado el presente informe para ser sometido a la
Asamblea General de la Organización.
La Comisión ha resuelto que el informe anual debe contener tres
secciones y así ha estructurado el que tiene el honor de someter a esta
Asamblea General: una primera que contiene, en términos generales y en
forma sintética, una relación sobre su origen, estructura, bases jurídicas
y fines, etc.; una segunda conteniendo los temas a que preceptivamente se
refiere el Artículo 9 (bis) del Estatuto de la Comisión; y una tercera,
en la que se resume toda otra actividad cumplida por la Comisión durante
el ejercicio.
La Sección Primera, de conformidad con la Resolución AG/RES. 171
(IV-0/74) del cuarto período ordinario de sesiones de la Asamblea
General, incluye una relación sobre su origen, estructura, bases jurídicas
y fines, así como un resumen de su presupuesto y sus relaciones con otros
Órganos del Sistema, así como con organismos regionales y mundiales de
la misma índole.
La Sección Segunda, de conformidad con el apartado 4 de la
mencionada Resolución XXII, incluye “una exposición sobre el progreso
alcanzado en la consecución de los objetivos señalados por la Declaración
Americana; una relación sobre los campos en los cuales han de tomarse
medidas para dar mayor vigencia a los derechos humanos conforme lo
prescribe la citada Declaración, y las observaciones que la Comisión
considera apropiadas respecto de las comunicaciones que haya recibido y
sobre cualquier otra información que tenga a su alcance”.
Con el objeto de proceder a la preparación de esta Sección del
presente informe, la Comisión se dirigió a los gobiernos de los Estados
miembros de la Organización, en fecha 6 de octubre de 1975, solicitándoles
se sirvieran transmitirle informaciones sobre las medidas progresivas
adoptadas y los textos de la legislación promulgada y de la
jurisprudencia y actos administrativos dictados durante los años 1974 y
1975 en relación con el respeto y observancia de los derechos y deberes
humanos fundamentales. Siete
países, Argentina, Barbados, Brasil, Estados Unidos de América,
Guatemala, México y Perú han enviado información relativa a su
legislación en materia de derechos humanos.
De acuerdo con los términos del mencionado Artículo 9 (bis) del
Estatuto de la Comisión, la Sección II del Informe se ha dividido en
tres partes. La parte I hace
referencia a nuevas disposiciones constitucionales, legales o
administrativas o a decisiones judiciales dictadas en los Estados
Americanos durante los años 1974 y 1975 que, a juicio de la Comisión,
importan un progreso en la consecución de los objetivos señalados por la
Declaración Americana. La
Parte II indica los campos en que es conveniente adoptar medidas para dar
mayor vigencia a los derechos humanos.
La Parte III contiene las observaciones que la Comisión consideró
apropiado hacer sobre determinadas comunicaciones, respecto de las cuales
formuló a los gobiernos interesados recomendaciones que no han sido
atendidas.
La Sección Tercera contiene un resumen circunstanciado de cuanto
se expresa en los informes relativos al trigesimoquinto y trigesimosexto
períodos de sesiones y su lectura ha de permitir a la Asamblea General
una opinión exacta de la labor total cumplida por este organismo durante
el año 1975. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, actuando con el carácter de Órgano de la Organización, se permite someter a la Asamblea General el presente informe de estricta observancia de lo dispuesto en la Resolución XXII de la Segunda Conferencia Interamericana Extraordinaria, en el Artículo 52 (f) de la Carta de la Organización y en el 29 del Reglamento de la Asamblea. |