INTRODUCCION
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos tiene el honor de
someter el presente informe a la Asamblea General de la OEA, en
cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 52, f de la Carta. El informe
anual contiene tres “secciones”:
la primera es una síntesis resumida sobre el origen, estructura y
competencia; la segunda contiene la materia a que preceptivamente se
refiere el Artículo 9 (bis) del estatuto de la Comisión; y la tercera
resume las demás actividades cumplidas por la Comisión durante el año. La Sección
Primera de conformidad con las resoluciones AG/RES. 171 (IV-O/74) y
AG/RES. 246 (VI-O/76) de la Asamblea General, incluye un resumen de su
presupuesto y sus relaciones con otros Organos del Sistema, con organismos
regionales y mundiales de la misma índole. La Sección
Segunda, de conformidad con el apartado 4 de la Resolución XXII de la
Segunda Conferencia Interamericana Extraordinaria, está dividida en dos
partes: I – “ Una exposición sobre el progreso alcanzado en la
consecución de los objetivos señalados por la Declaración Americana”
y II “Una relación sobre los campos en los cuales han de tomarse
medidas para dar mayor vigencia a los derechos humanos conforme lo
prescribe la citada Declaración”. Con el objeto
de proceder a la preparación de la parte I de esta Sección del presente
informe, la Comisión se dirigió a los gobiernos de los estados miembros
de la Organización, en fecha 25 de octubre de 1976, solicitándoles se
sirvieran transmitirle informaciones sobre las medidas progresivas
adoptadas y los textos de la legislación promulgada y de la
jurisprudencia y actos administrativos dictados durante los años 1975 y
1976 en relación con la promoción y defensa de los derechos y deberes
humanos señalados en la Declaración Americana.
Cinco países, Argentina, Brasil, Chile, Estados Unidos de América
y Haití han enviado información relativa a su legislación en materia de
derecho humanos hasta la preparación del presente informe. La Sección
Tercera contiene un resumen circunstanciado de las actividades de la CIDH
relativos a sus 37°, 38° y 39° períodos de sesiones, lo que
permite analizar la labor cumplida por este organismo durante el año
1976. En atención al deseo manifestado por la VI Asamblea General,
la Comisión no incluye en este informe los datos relativos a las
comunicaciones en trámite (Resolución AG/RES. 246 (VI-O/76). El considerable
aumento de las comunicaciones y denuncias sobre violación de derechos
humanos –aumento al que hubo que atender prácticamente con el mismo
personal y los mismos recursos y elementos de secretaría existentes hace
cinco años- así como la necesidad de preparar informes especiales sobre
la situación de esos mismos derechos en varios países del Continente,
impidió a la Comisión proseguir los estudios y proyectos mencionados en
el Artículo 26 de su Reglamento. |