CAPÍTULO
II DERECHO
A LA VIDA
No se tuvo noticias de ellos hasta que una de las esposas recibió
una llamada el 25 de noviembre, que se trató de atribuir al MIR.
Le dijeron: “De los 4 traidores, sólo quedan 2.
El MIR”. Las esposas
de los afectados concurrieron al Comité y suscribieron un recurso de
amparo por sus cónyuges y solicitaron protección para ellas.
Dicho recurso fue declarado sin lugar y actualmente está en la
Corte Suprema. “El día 25
de noviembre dichas esposas recibieron una declaración de la DINA, que
como en otras oportunidades, escribe con la identificación del MIR, en
que se les anunciaba que sus maridos habían sido ajusticiados”.
En el Instituto Médico Legal, según declaración de los parientes
de los fallecidos, al momento de reclamar los cadáveres, al de Menanteaux
le faltaba un brazo y los dientes. El
de Carrasco estaba medio devorado por los animales y aves del campo.
Los funerales se efectuaron el 12 de diciembre.
f) Muerte de Jaime Ignacio Ossa Galdames:
Antecedentes personales: Fecha
de nacimiento:
2 de octubre de 1943
Fue arrestado el día 20 de octubre de 1975, en su domicilio, entre
las 12 y 12:30 horas, por 5 personas que se identificaron verbalmente como
pertenecientes al Servicio de Inteligencia Militar (entre ellos una mujer),
todos los cuales habían llegado a la casa de Ossa unas horas antes.
El arresto se efectuó al momento de llegar Ossa a su casa y en
presencia de sus padres.
Al día siguiente del arresto, un familiar de Ossa conversó con
uno de los efectivos que practicó el arresto, quien se identificó como
miembro de la DINA. La primera información acerca del afectado se obtuvo
a través del recurso de amparo, ya que con fecha 27 de octubre de 1975 el
Ministro del Interior informó a la Corte de Apelaciones que Ignacio Ossa
Galdames “se encontraba detenido en Campamento 4 Alamos”.
El 1º de diciembre se les informó en la oficina de ese organismo,
que no había antecedente alguno acerca del arresto de Ossa Galdames y que
lo informado por el Ministerio del Interior, quedaba nulo por orden de ese
mismo Ministerio. En virtud
de lo señalado, se presentó ante el Juzgado del Crimen correspondiente
una querella criminal y ante la Corte de Apelaciones un nuevo Recurso de
Amparo.
El 11 de diciembre de 1975, a través del Instituto Médico Legal
se supo que al no ser reclamado por sus familiares había pasado a la fosa
común del Cementerio General el cadáver de Jaime Ignacio Ossa Galdames.
El certificado de defunción dice que el afectado falleció el día
25 de octubre, en la vía pública, a causa de un traumatismo abdominal
vertebral. g)
Muertes de Alberto
Gallardo, Roberto Gallardo, Catalina Gallardo y Mónica Pacheco y Luis
Andrés Gangas Torres
El 19 de noviembre de 1975, la Dirección de Informaciones del
Gobierno dio a conocer que se produjo un violento enfrentamiento a balas
entre efectivos de la DINA e Investigaciones y 6 “extremistas” que
resultaron muertos en la Rinconada de Maipú.
En una de sus partes, la información dice:
“Complementada la investigación, se ha podido arribar a las
siguientes conclusiones: los extremistas muertos son Mónica del Carmen
Pacheco Sánchez, alias Miriam, perteneciente al MIR, 26 años de edad,
profesora de Educación Básica de la Escuela 457 de Quilicura, casa con
Roberto Gallardo Moreno, alias Juan, también del MIR, quien resultó
muerto en el tiroteo registrado en la Escuela Nº 51, el lunes pasado.
Catalina Esther Gallardo Moreno, perteneciente igualmente al MIR, 30 años
de edad, hermana de Roberto Gallardo Moreno; Manuel Lautaro Reyes Garrido,
perteneciente al mismo MIR, Alberto Gallardo Pacheco, perteneciente al
proscrito Partido Comunista; Luis Andrés Gangas Torres, alias Jaime o
Lucho Cárcamo, perteneciente al MIR, adiestrado en Moscú y Pedro Blas
Cortés Jeldes, perteneciente al Partido Comunista, alias Marcos”. Sin embargo, las cosas fueron totalmente diferentes, según
lo explica el Recurso de Amparo presentado en la Corte de Apelaciones de
Santiago, el jueves 20 de noviembre, en favor de tres de estas víctimas,
por un familiar cercano. Este
recurso se interpuso en favor de Alberto Recaredo Gallardo Pacheco, de su
hija Catalina y de su nuera Mónica del Carmen Pacheco.
En él se señalaba que Catalina Gallardo, el martes 18 de
noviembre, a las 11 de la mañana llegó a casa de una de sus hermanas,
angustiada por el desaparecimiento del hermano de ambas, Roberto, quien no
llegó a la casa la noche anterior. Catalina se quedó durante todo el día en casa de su hermana
y a las 7 de la tarde, llegó su cuñada Mónica Pacheco, embarazada de
tres meses, seriamente preocupada por la suerte de su esposo, pues no sabía
nada de él. Ambas creían
que estaba implicado en el enfrentamiento ocurrido la noche del lunes 17
de noviembre en la Escuela Nº 51 de la Calle Bío-Bío de Santiago.
A las 10 de la noche, llegaron 6 individuos vestidos de civil,
portando metralletas y se llevaron detenidas a las tres mujeres, junto al
niño de 6 meses, hijo de Catalina Gallardo, después de solicitar
identificación de los esposos de Catalina y Mónica Pacheco.
Las condujeron hasta el cuartel de General Mackenna y en la entrada
principal vieron a Alberto Gallardo, a su esposa Ofelia Moreno, a la nieta
de ambos, Viviana de 9 años y a su hijo Guillermo Gallardo.
Cuando entraron en el cuartel de Investigaciones, fueron separados.
Mónica se quedó en el primer piso y el resto del grupo fue
conducido al subterráneo y permanecieron en el pasillo sin poder hablar.
El padre, Alberto Gallardo, y su hijo Guillermo fueron interrogados
por separado. El padre quedó
en una pieza y posteriormente fueron separadas del grupo Catalina Gallardo
y su cuñada Mónica Pacheco. Fueron
interrogadas aproximadamente una hora y media.
Se sintieron gritos y el revuelo que éstos causaron en el personal
de investigaciones.
A las 5 de la mañana, esta misma hermana de Roberto Gallardo,
sintió que llamaban a su padre: salió de la pieza donde estaba y lo vio
con vida.
A las 8:45 de la mañana del miércoles 19, dicha persona fue
dejada en libertad junto a su madre, a su hermano Guillermo y a los dos
menores. Antes se le informó
que su hermano Roberto Gallardo había muerto en un enfrentamiento la
noche del lunes en la Escuela Nº 51, que su padre y su hermana habían
sido entregados a la DINA, ya que ellos sabrían qué hacer con los
detenidos y que su cuñada había sido llevada a otra prefectura de
Investigaciones.
Por su parte la madre de Luis Andrés Gangas Torres relató así el
incidente que culminó con el asesinato de su hijo:
El día miércoles 19 de noviembre, a las 3 de la mañana fueron
detenidos en su domicilio de calle San Pablo 1955, las siguientes
personas: Doña Ester Torres, madre de Luis Andrés y sus hijos: Renato,
Mauricio y Francisco Javier Gangas Torres, de 24, 18 y 20 años.
Las personas que efectuaron el arresto no exhibieron orden alguna y
descerrajaron la chapa de la puerta de la calle.
Terminado el allanamiento, preguntaron por Luis Andrés, que no vivía
con su madre. Luego vendaron
la vista de las 4 personas, las subieron a un vehículo y se las llevaron
a Villa Grimaldi. Separaron a los hijos de la madre y se les comenzó a
interrogar. Ella escuchó sus gritos y un individuo que la vigilaba, la
amenazó con idéntico tratamiento si ella no indicaba el paradero de su
hijo.
Ella, confiando en que la justicia daría la oportunidad de
defenderse a Luis Andrés, si estaba involucrado en algún asunto político
y ante los sufrimientos de sus hijos, decidió revelar a la DINA el lugar
donde se encontraba Luis Andrés.
La madre de Luis Andrés condujo a efectivos de la DINA a la casa
de su padre. Allí ella se
dio cuenta que la manzana estaba rodeada por innumerables personas y vehículos.
Penetraron violentamente dentro de la casa y tomaron preso a Luis
Andrés.
Luis Andrés y su madre fueron introducidos a un auto.
En el trayecto a Villa Grimaldi, se interrogó al joven sobre su
militancia política. Negó
ser militante del MIR y haber portado armas.
Cuando llegaron a Villa Grimaldi, Luis Andrés Gangas fue llevado a
un lugar aparte. Ester Torres
se reunió con sus tres hijos.
Aproximadamente a las 4 de la mañana, llegaron a Cuatro Alamos y
Luis Andrés fue dejado en Villa Grimaldi.
h) Muerte de Oscar Arrow Yañes
Fue detenido el viernes 26 de septiembre a las 16 horas en su lugar
de trabajo, ENACAR, Sección Maestranza, Concepción, donde se desempeñaba
como mecánico tornero.
El supervisor de la Empresa, informó a su esposa, Mary del Carmen
Nurín Castro, que se presentó un carabinero a “conversar” con su
esposo. Al salir de la
Industria, lo introdujeron a un Fiat 125 de color blanco.
Un pariente le informó previamente de la detención y ella se
dirigió a casa de su madre. Cuando iba hacia allá fue detenida por la policía.
La introdujeron a un vehículo en el que estaba su esposo y los
llevaron a ambos a la casa, que fue allanada.
Al día siguiente, Arrow Yañes fue llevado nuevamente a su casa.
Informaron a su esposa que lo llevaban para que se lavara y
cambiara ropa.
“Mi esposo estaba demacrado, pálido, decía incoherencias, como
si estuviera tonto, no hablaba. Lo ayudé a lavarse, no podría hacerlo
solo y ví su cuerpo machacado. Le pregunté porqué estaba así y me dijo que le habían
pegado mucho”.
Arrow Yañes fue introducido nuevamente al auto, alcanzó a
despedirse de su hijo y fue la última vez que lo vieron con vida.
El domingo 28 fue encontrado en la vía pública, en un lugar
denominado “Calero”, en Lota Alto, por un carabinero.
Falleció mientras era conducido al hospital.
El certificado de defunción entregado por el Hospital dice que la
causa de su muerte fue la anemia aguda que le produjeron las heridas a
bala y el mal trato recibido. Un
pariente lo visitó en el Instituto Médico Legal y está dispuesta a
presentarse a la justicia para decir que tenía el cuerpo mutilado, los
testículos inflamados, una perforación en el tórax y otra en la muñeca.
i) Andrés Nicanor Cortés Navarro Antecedentes
personales: Edad:
17 años
Andrés Nicanor Cortés Navarro fue baleado el 19 de septiembre de
1975 a las 2:30 de la madrugada, en la vía pública por un uniformado que
bajó junto a otros dos, de un camión particular.
Cortés Navarro, junto a dos hermanos, su cuñada y un sobrino
estuvieron en una fonda autorizada para Fiestas Patrias, por la Alcaldesa
de Santiago. Permanecieron allí hasta la una y media de la madrugada del
día 19 y a esa hora se fueron a su casa, que estaba a 5 cuadras.
Pasaron frente a un local donde se vendían bebidas alcohólicas
para comprar una damajuana pues se iban a quedar en pie para ver un
partido de tenis, que se transmitía por televisión a las 6 de la mañana.
El local al cual entraron, estaba a dos cuadras de la casa.
Salieron de allí, caminaron media cuadra y eran las dos y media
cuando los detuvo un camión particular manejado por un miembro del Ejército
de Chile, con uniforme verde olivo y que iba acompañado por otros dos
uniformados del Ejército. Estos
dos llevaban metralletas. El
chofer los hizo detenerse con palabras soeces y les pidió el carnet de
identidad.
El chofer se bajó; se bajaron sus acompañantes y les pidieron
nuevamente la documentación. La
cuñada de Nicanor Cortés se asustó y corrió hacia su casa con su niñito;
la casa estaba a 100 metros de distancia.
El chofer al ver que corría sacó la pistola y la levantó.
Nicanor, al ver que le iba a disparar a su cuñada se interpuso y
le gritó que no lo hiciera. El
uniformado disparó 4 tiros recibidos por Nicanor; dos en el pecho y dos
en la pierna al lado de los testículos.
El chofer del camión ordenó a gritos que lo remataran.
Estos gritos fueron escuchados por vecinos, que se habían
despertado por los disparos de pistola.
j) Muerte de Dagoberto Pérez Vargas
Los medios de comunicación nacionales informaron los días 16 y 17
de octubre de 1975 que en un enfrentamiento entre efectivos de la Dirección
de Inteligencia (DINA) y miembros del Movimiento de Izquierda
Revolucionario (MIR), ocurrido en la noche del miércoles 15 de octubre,
en la parcela Santa Eugenia, en la localidad de Malloco de la provincia de
Santiago, habría muerto el dirigente de ese grupo opositor al régimen de
la Junta Militar, Dagoberto Pérez Vargas.
Según la información proporcionada por “El Mercurio”
(17-10-75), “La tarde del miércoles, los efectivos de la Dirección de
Inteligencia Nacional vestidos de civil, llegaron a la puerta principal de
la parcela acompañados por dos funcionarios de Carabineros de Padre
Hurtado”. Según esta misma
fuente, estos agentes estaban en conocimiento de que en tal lugar existía
una cédula de este movimiento y la DINA proyectaba realizar un
allanamiento.
“Inmediatamente –señaló “El Mercurio”—que los policías
uniformados se aproximaron al portón de madero del predio, una lluvia de
balas disparada por ametralladora “punto 30”, cerró el paso a los
militares”. Se desarrolla
entonces un intenso tiroteo, que se intensifica cuando la DINA recurre a
refuerzos. El dirigente
Dagoberto Pérez, que permanece disparando para permitir la fuga de sus
demás compañeros, cae mortalmente herido.
Otras cuatro personas, según la fuente, se habrían dado a la fuga.
Sin embargo, según la versión de un testigo del enfrentamiento (que
vive en los alrededores), la cual no está suficientemente ratificada,
Dagoberto Pérez Vargas no había muerto en el enfrentamiento, sino que
había quedado gravemente herido y en estado de semi inconsciencia.
En estas condiciones habría sido trasladado a algún lugar
desconocido para ser interrogado y, en esa oportunidad habría fallecido.
Según esta fuente, Dagoberto Pérez aún se movía en el momento que fue
conducido fuera del lugar del enfrentamiento.
El 22 de3 octubre, el matutino “Las Últimas Noticias”, señala
que “hasta las últimas horas de ayer (21 de octubre), nadie había
reclamado ni reconocido el cadáver” de Dagoberto Pérez Vargas.
En la misma crónica se dice que “los antecedentes recogidos en
fuentes cercanas al Instituto Médico Legal indican que Dagoberto Pérez
llegó a ese lugar en la mañana del viernes (17 de octubre), día en que
se le practicó la autopsia, pudiendo apreciarse numerosos impactos de
bala en su cuerpo.
“Hasta ayer –sigue “Las Últimas Noticias”--, el cadáver
aparece como N.N. del sexo masculino y nadie ha llegado a reclamarlo o
reconocerlo”.
Contradictoriamente con esta información, los familiares de
Dagoberto Pérez Vargas fueron, por primera vez, precisamente, el día
viernes 17 de octubre al Instituto Médico Legal donde se les negó el
cuerpo de esta persona. Sorpresivamente
entonces, estos mismos familiares se enteraron en el mismo Instituto Médico
Legal que el cuerpo de Dagoberto Pérez Vargas había sido enterrado en la
fosa común Nº 5588 o Nº 5589, del patio 26,. Del Cementerio General de
Santiago, el pasado miércoles 10 de diciembre. La razón que adujeron fue que su cadáver “nadie había
llegado a reclamarlo o reconocerlo”, idénticamente a como presenta los
hechos el matutino “Las Últimas Noticias”. B. Personas detenidas y presuntamente muertas
16.
La CIDH señaló en su primer informe que el número de casos de
personas desaparecidas luego de su detención y cuyo paradero se ignoraba
era muy alto. Esto constituía,
por cierto, uno de los factores que más inquietud y angustia causaban en
la familia chilena. Con el
correr del tiempo y gracias a las medidas adoptadas por el Gobierno de
Chile, por organizaciones privadas y por el Alto Comisionado para los
Refugiados de las Naciones Unidas, el problema de los desaparecidos
disminuyó cuantitativamente, pero se agravó cualitativamente. El destino
de la mayoría de los miles de personas desaparecidas fue aclarado y quedó
reducido a una cifra que oscila entre 153 y 168 personas.
La respectiva lista se fue estabilizando, aunque periódicamente
debieron ser excluidos algunos nombres e incluidos otros.
Aquella cifra se refiere a la categoría de las personas detenidas,
desaparecidas y presuntamente muertas, considerando el tiempo transcurrido
desde la detención y otros indicios, relacionados con el local de detención
y las circunstancias de las respectivas detenciones, habiéndose agotado
todos los medios para determinar su paradero.
17.
La CIDH recibió una gran cantidad de comunicaciones relacionadas
con esa categoría de personas detenidas, desaparecidas y presuntamente
muertas, incluso voluminosas noticias publicadas en la prensa chilena e
internacional. En la
imposibilidad de referirse a todo ese material, en su mayor parte
repetitivo y frecuentemente contradictorio, la CIDH prefiere tomar como
punto de partida las informaciones y datos estadísticos constantes de los
pedidos de designación de un Ministro en Visita Extraordinaria
presentados a la Corte Suprema de Chile por Monseñor Fernando Ariztia
Ruiz, Obispo de la Iglesia Católica y otros representantes de diferentes
iglesias, el último de los cuales tiene la fecha de 5 de septiembre de
1975.
18.
Las partes sustanciales de los alegatos de los ponentes ante la
Corte Suprema son las siguientes:
En toda sociedad organizada como la nuestra, nadie está sobre la
ley, todos estamos bajo la ley. Nadie
en ellas puede estimarse dueño de la vida de otra persona, ni ejercer
acto alguno que ponga siquiera en peligro su seguridad e integridad.
Y si ello, por desgracia, llega a ocurrir, son los Tribunales de
Justicia quienes deben intervenir, investigando los hechos y sancionando a
los responsables, con el objeto de evitar la repetición de esas conductas.
Así lo ha entendido, por lo demás, siempre la Corte Suprema, que
ha sido extremadamente vigilante frente a cualquier hecho o circunstancia
social que ponga en peligro la vida humana o perturbe gravemente la paz de
la comunidad nacional, sea ordenando la investigación de esos hechos, sea
expresándole a los gobernantes sus inquietudes y advirtiéndoles sobre
sus perniciosas consecuencias.
El desaparecimiento de las personas arrestadas en conformidad a las
normas sobre estado de sitio, es decir, estando ellas bajo la custodia,
tutela, control y vigilancia del Estado es, ciertamente, un hecho de esta
naturaleza.
Por ello, no dudamos que esta Corte va a ordenar su investigación.
Sin embargo, y a objeto de que la amplitud de la investigación
solicitada no atente contra la eficacia de la misma, pedimos que ésta se
inicie y centre de una manera preferente en la situación de las 188
personas arrestadas y de las cuales no ha vuelto a tenerse noticia alguna
sobre su paradero, que aparecen incluidas en la nómina que se adjunta en
un otrosí de este escrito, y cuyas circunstancias del arresto constan en
las declaraciones juradas que se acompaña.
Las pesquisas aludidas deberán, además, necesariamente abarcar la
suerte de las personas individualizadas en las nóminas a que se refieren
los semanarios LEA, de Buenos Aires, y el Diario O'DÍA, de Curitiba,
Brasil, que recogen los órganos de la prensa nacional entre los días 18
y 23 de julio del año en curso, cuyos nombres aparecen también incluidos
en la lista a que antes hemos hecho referencia.
(omissis).
El primer órgano de prensa en comentar estos acontecimientos fue
el Diario El Mercurio, que en su editorial de 3 de agosto de 1975, expresó
que “el tema no es por cierto de los que puedan pasar inadvertidos, tratándose
de la suerte de más de un centenar de chilenos, cuyos familiares sufren
su desaparecimiento...”, agregando en aquella ocasión que “lo
humano es que se haga todo lo posible por hallar a los desaparecidos...”.
Posteriormente, la revista “MENSAJE”, en su Nº 241, de agosto
de 1975, bajo el titular “¿DÓNDE ESTÁN?” formula 4 inquietantes
preguntas: “¿dónde están estos 199 chilenos?, ¿si están muertos, dónde
están sus cuerpos?, ¿pueden haber sido todos liberados y haber pasado
clandestinamente la frontera bajo nombres falsos para estar actuando ahora
bajo su verdadera identidad? ¿pueden todos esos familiares haber jurado
en falso?” Sigue en la
serie la revista “QUÉ PASA”, que en su edición Nº 225, de 14 de
agosto de 1975, sostiene bajo el sugestivo o inquietante título “¿Faltan
119 chilenos?” que “el fondo del problema reside en que hay 119
chilenos que faltan, que se dan por muertos en territorio extranjero: pero
cuyo último rastro se pierde en Chile y a algunos de los cuales inclusive
se les afirma detenidos aquí. Su
calidad de Miristas o extremistas es una mera suposición; aunque lo
fueran, por lo demás, obviamente, sus derechos de chilenos y de seres
humanos serían los mismos. Y,
en fin, se debe en todo caso una rápida respuesta a la angustia de sus
familiares”.
Importantes periódicos extranjeros reafirman la inquietud de que
da cuenta la prensa nacional. Sólo
mencionamos al “The Financial Times”, de 29 de julio de 1975, a “Le
Monde”, de 6, 7, 10 y 11 de agosto de 1975, a “The New York Times”,
de 3 de agosto de 1975, a la revista TIME, de 18 de agosto de 1975.
El Secretario de Estado aludido ha dado muestras de su preocupación
frente al problema planteado, al ordenar al personal de la policía civil,
según informa EL MERCURIO en su edición de 5 de agosto de 1975, efectuar
una investigación “para determinar el origen de la lista de cerca de un
centenar de chilenos, presuntivamente de filiación mirista, que habrían
muerto en enfrentamientos armados.
Desgraciadamente, el propio señor Ministro del Interior
seguramente sin proponérselo, dio cierto grado de verosimilitud a las
informaciones del Diario NOVO O'DIA, de Curitiba, Brasil, y de la Revista
LEA, Buenos Aires, al citar las nóminas e informaciones dadas a conocer
por esos órganos de prensa, sin un mayor análisis y cuestionamiento de
ellas, en carta dirigida a dos familiares afectados, que se acompañan en
anexo.
Sin duda, Excma. Corte, el hecho más demostrativo de la alarma pública
que ha causado la situación de las personas arrestadas-desaparecidas y
que son dadas por muertas en el exterior, lo constituye el discurso
pronunciado por el señor Presidente de la República, General don Augusto
Pinochet Ugarte, el 20 de agosto del presente año.
En dicha oportunidad, hablando desde los balcones del Edificio
Consistorial de San Bernardo, el Jefe de Estado anunció que había
“ordenado una investigación en torno a las noticias del exterior sobre
la suerte de 199 chilenos”, según informa el Diario EL MERCURIO de 21
de agosto del año en curso. (omissis).
Este Comité de las Iglesias y comunidades religiosas durante los
meses de marzo y mayo del presente año, a petición de los familiares de
las personas arrestadas-desaparecidas, decidió efectuar un completo
estudio de este estado de cosas, el cual se ha ido reactualizando.
Se analizan los relatos y testimonios entregados por los familiares
afectados, los recursos de amparo presentados a la Ilma. Corte de
Apelaciones de Santiago, las denuncias y querellas entabladas en los
distintos Juzgados del Crimen, su estado de tramitación, las respuestas e
informes oficiales, las cartas enviadas por las diversas autoridades y la
Cruz Roja Internacional a los respectivos familiares, etc.
De ella se pudo inferir lo siguiente:
1. Que prácticamente la
totalidad de las personas arrestadas de las cuales no ha vuelto a tenerse
noticia alguna, lo han sido por funcionarios civiles, que no se
identifican al momento de practicar el arresto, aunque afirman ser
miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), que obran sin
estar premunidos de una orden emanada de autoridad competente, o al menos
no la exhiben, ni la intiman en forma legal.
2. Que un gran número de esos
arrestos se efectúan en la propia casa habitación del afectado, durante
horas de toque de queda, o en su lugar de trabajo.
En ocasiones los funcionarios aprehensores, permanecen varios días
dentro del inmueble del afectado, dejando inclusive bajo arresto a la
totalidad del grupo familiar. 3. Que durante el primer
semestre de 1974 de un total de 1.436 personas que registramos como
arrestadas, 690 pasaron por un período de desaparecimiento, y 182 continúan
desaparecidas. Durante el segundo semestre de 1974 de un total de 1.341 personas
que registramos arrestadas, 874 pasaron por un período de
desaparecimiento, y 314 continúan aún desaparecidas. En el primer semestre de 1975 de un total de 677 arrestados,
524 pasaron por un tiempo de desaparecimiento y 133 continúan aún
desaparecidas. 4. Que durante el primer
semestre de 1974 el período o tiempo medio de desaparecimiento de las
personas arrestadas fue de 57 días, 21 días durante el segundo semestre
de 1974 y de 10 días después de la dictación de los D.L. 1.008 y 1.009. 5. Que el número total de
personas arrestadas durante el período enero 1974 – junio 1975 aún
permanece desaparecida es de 629. 6. Que en favor de ellos se
habían presentado recursos de amparo y denuncias a la justicia ordinaria,
encontrándose en la actualidad en tramitación en los 11 Juzgados del
Crimen de Santiago, y en los 4 del Departamento Pedro Aguirre Cerda, y en
los de San Bernardo, Talagante y Melipilla un número no inferior a 200
denuncias y querellas por presunta desgracia, arrestos ilegales y
secuestros.
De los antecedentes expuestos, se concluyó que el problema de los
arrestados-desaparecidos, como situación de orden colectiva que era, no
podía ser abordada en forma individual, caso a caso, sino que requería
de una investigación conjunta efectuada por un Magistrado de la más alta
jerarquía. Fruto de esos
estudios se elaboró una nómina de las personas arrestadas durante el año
1974 y el primer trimestre del año 1975, de las cuales no hubiere vuelto
a tenerse noticia alguna desde el momento de su detención, que llevaron
un período de desaparecimiento no inferior a un mes, y en que el hecho
del arresto constare a sus familiares o a terceras personas
fehacientemente, y así estuvieren dispuestos a declararlo bajo juramento
ante Notario Público.
Así nació la nómina de 163 personas “arrestadas-desaparecidas”,
por las cuales se solicitó el 4 de julio de 1975 la designación de un
Ministro en Visita, que se avocara a investigar esa situación.
En esta oportunidad se ha reactualizado dicha lista, utilizando los
mismos criterios básicos antes descritos, pero extendiéndola a las
personas arrestadas durante todo el primer semestre de este año. Su número
se eleva ahora a 188 desaparecidos.
Existen, pues, antecedentes, documentos y testimonios suficientes
respecto a 188 personas arrestadas-desaparecidas, para iniciar y centrar
una investigación judicial penal.
19.
Con el fin de esclarecer los hechos mencionados en la petición del
5 de septiembre de 1975 a la Corte Suprema de Chile, como asimismo en
otras comunicaciones y denuncias recibidas por la CIDH, decidió solicitar
por notas de 20 de octubre de 1975, a los señores Ministros de Relaciones
Exteriores de Argentina y de Brasil las siguientes informaciones:
Señor Ministro:
La Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos,
en su último período de sesiones, dispuso que esta Comisión debe
elaborar un segundo informe acerca de la situación de los derechos
humanos en la República de Chile, que permita evaluar los cambios que se
hayan operado en esa materia a partir del 1º de agosto de 1974, fecha en
que terminó la observación in loco que practicáramos en su
territorio, en base a cuyos resultados se redactó el informe anterior.
En el curso de los trabajos que se realizan para cumplir tal
encargo, la Comisión ha tomado conocimiento de denuncias aparecidas en
una revista argentina y en un periódico brasileño, según las cuales un
total aproximado de 199 ciudadanos chilenos, luego de atravesar las
fronteras de su país, habrían encontrado la muerte, la mayor parte de
ellos en la República Argentina, sea en la lucha guerrillera contra la
fuerza pública, sea, en algunos casos, en riñas o enfrentamientos entre
ellos mismos.
La Comisión considera con gran reserva las fuentes de donde
provienen tales informaciones, pues la revista argentina que se cita es
“Lea”, año I, Nº 1, indicándose como local de su redacción en la
fecha de aparición de ese ejemplar (15 de julio de 1975), la calle
Brandsen Nº 1845 (Bnos, Aires). Y
el periódico brasileño, “O Novo Dia”, de la ciudad de Curitiba, con
local de reacción en la fecha de aparición de ese ejemplar (25 de junio
1975) en Praça Osorio, piso 1, apt. 104, parece no ser editado con
periodicidad. (continúa...) |