TERCER
INFORME SOBRE LA SITUACI�N DE LOS INTRODUCCI�N
1.
La Asamblea General de la Organizaci�n de los Estados Americanos, en su
sexto per�odo de sesiones, celebrado en la ciudad de Santiago de Chile, aprob�
en su sesi�n del 17 de junio de 1976, la siguiente resoluci�n:
LA ASAMBLEA GENERAL,
CONSIDERANDO:
Que esta Asamblea en su quinto per�odo ordinario de sesiones aprob� la
resoluci�n AG/RES. 190 (V-0/75) en cuyo p�rrafo 4 se solicit� �que la
Comisi�n Interamericana, aprovechando todos los medios pertinentes, obtenga y
considere m�s informaci�n y presente un informe sobre la situaci�n de los
derechos humanos en Chile� a este per�odo de la Asamblea General, �cercior�ndose
de que el Gobierno de Chile disponga de un plazo prudencial para presentar sus
propias observaciones�;
Que la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos someti� a este per�odo
su �Segundo Informe sobre la Situaci�n de los Derechos Humanos en Chile�
(AG/doc.666/76);
Que el Gobierno de Chile present� sus observaciones al referido informe,
con nota de 13 de mayo de 1976 (AG/doc.667/76);
Que el informe en referencia llega a conclusiones que ponen de manifiesto
que si bien ha habido en el per�odo 1975-76 una �disminuci�n cuantitativa de
las lesiones a ciertos derechos humanos fundamentales�, algunas de las
disposiciones legales destinadas a prevenir la violaci�n de aqu�llos no
trajeron efectos beneficiosos apreciables;
Que si bien las observaciones, tanto de orden general como particular,
suministradas por el Gobierno de Chile en torno a los hechos denunciados
desvanece en algunos casos las denuncias presentadas, en otros no esclarecen las
informaciones que ha recibido la Comisi�n sobre lesiones a los derechos humanos;
Que durante el sexto per�odo ordinario de sesiones de la Asamblea
General de la Organizaci�n diferentes delegaciones formularon exposiciones
sobre el tema;
Que la protecci�n y vigilancia de los derechos humanos constituye una de
las altas finalidades de la Organizaci�n de los Estados Americanos y su
observancia es fuente de cordialidad y solidaridad entre los Estados miembros,
como garant�a del respeto a la vida humana y la dignidad del hombre, y
Que la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos tiene como finalidad
principal promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en todos
los pa�ses de Am�rica,
RESUELVE:
1. Formular un encarecido
llamamiento al Gobierno de Chile, a fin de que contin�e adoptando y poniendo en
pr�ctica los medios y medidas necesarias para preservar y asegurar
efectivamente la plena vigencia de los derechos humanos en su pa�s.
2. Solicitar al Gobierno de Chile
que contin�e prestando a la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos la
colaboraci�n que sea necesaria para el cumplimiento de su labor y, al mismo
tiempo, otorgue las garant�as pertinentes a las personas e instituciones que le
suministraron informaciones, testimonios, o pruebas de otro car�cter.
3. Agradecer a la Comisi�n
Interamericana de Derechos Humanos su �Segundo Informe sobre la Situaci�n de
los Derechos Humanos en Chile�, y solicitarle que contin�e considerando la
situaci�n de los derechos humanos en ese pa�s e informe al respecto a la
Asamblea General en su pr�ximo per�odo ordinario de sesiones, en la forma que
lo estime conveniente.
2.
La Comisi�n, durante su 39� per�odo de sesiones, en cumplimiento del
mandato que recibi� de la Asamblea General en el p�rrafo dispositivo 3,
de la Resoluci�n arriba copiada, acord� elaborar un tercer informe sobre la
situaci�n de los derechos humanos en Chile que abarque el per�odo comprendido
entre el 12 de marzo de 1976, fecha en que se aprob� el anterior informe de la
Comisi�n sobre este pa�s y el d�a 1� de febrero de 1977, que se fij� como
fecha l�mite para la recepci�n de las informaciones solicitadas del Gobierno
de Chile y otras entidades. En esa misma oportunidad se acord� remitir este
Informe al Gobierno de Chile con la debida antelaci�n al s�ptimo per�odo de
sesiones de la Asamblea General, a fin de darle tiempo suficiente para
estudiarlo y preparar las observaciones que tuviera a bien hacer al mismo.
3.
En el mismo per�odo de sesiones (39�) se aprobaron los cuestionarios
que fueron dirigidos al Gobierno de Chile y a otras entidades de ese pa�s para
recabar las informaciones necesarias para la elaboraci�n de este Informe.
4.
La Comisi�n en su 40� per�odo de sesiones (extraordinario) celebrado
en la ciudad de Washington, entre el 31 de enero y el 11 de febrero de 1977,
aprob� este Informe por unanimidad. Se
deja constancia de que, por motivos de salud, el Dr. Fraga no pudo asistir a
este per�odo de sesiones y, por consiguiente, no particip� en su elaboraci�n,
discusi�n y aprobaci�n.
5.
Este Tercer Informe ha sido preparado teniendo, principalmente, en cuenta
las informaciones suministradas por el Gobierno de Chile en respuesta a los
cuestionarios que le fueron oportunamente enviados, las informaciones recibidas
del mismo Gobierno en relaci�n con casos particulares y las enviadas a la
Comisi�n por diferentes personas, instituciones y entidades que tienen su
domicilio o sede en Chile. La
Comisi�n ha tomado tambi�n nota de los trabajos de la Comisi�n de Derechos
Humanos de las Naciones Unidas sobre la situaci�n de los derechos humanos en
Chile y de los informes elaborados por la Organizaci�n Internacional del
Trabajo y otros organismos especializados de las Naciones Unidas.
6.
El Gobierno de Chile ha recibido en todo momento informaci�n de las
decisiones adoptadas por la Comisi�n en lo que respecta a la elaboraci�n de
este Informe, tanto por los cuestionarios que le fueron oportunamente enviados,
como por las informaciones suministradas a la Misi�n Permanente de Chile ante
la OEA.
7.
Este nuevo Informe es una continuaci�n del anterior y, por consiguiente,
le es aplicable lo dicho en el p�rrafo 5 de la Introducci�n a nuestro Segundo
Informe, o sea, nada lo que se dice en �l prejuzga sobre la decisi�n de la
Comisi�n en lo que respecta a los casos particulares de presuntas violaciones
de derechos humanos que han sido denunciadas y cuya tramitaci�n contin�a de
conformidad con el Reglamento de la Comisi�n.
8.
La Comisi�n resolvi� utilizar en la preparaci�n de este Tercer Informe
el mismo m�todo de trabajo seguido para la elaboraci�n del anterior.
9.
Nos complace decir que el Gobierno de Chile ha dado respuesta oportuna a
los cuestionarios que le fueron dirigidos por la Comisi�n con fecha 30 de
noviembre de 1976. No podemos afirmar, sin embargo, que las respuestas de dicho
Gobierno hayan sido en todos los casos tan completas y precisas como hubiera
sido deseable. En los sucesivos cap�tulos
haremos, en detalle, las observaciones pertinentes a estas respuestas.
10.
Este Informe sigue el mismo esquema que el anterior, o sea que se ha
dividido en cap�tulos separados, siguiendo el orden en que los diferentes
derechos humanos aparecen en la Declaraci�n Americana de los Derechos y Deberes
del Hombre, omitiendo s�lo aquellos respecto a los cuales no hayan ocurrido
hechos o cambios dignos de especial consideraci�n en el per�odo a que se
contrae este Informe.
11.
Nos ha parecido conveniente iniciar este estudio con un cap�tulo en el
cual se describen los principales cambios introducidos en el ordenamiento jur�dico
vigente en Chile desde el 12 de marzo de 1976 hasta el 1� de febrero de 1977,
en cuanto interesa a la efectiva vigencia y protecci�n de los derechos humanos,
tal como se hizo en nuestro informe anterior.
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