PROGRAMA GENERAL DE TRABAJO
Este programa tiene como finalidad la promoción de los derechos
humanos, mediante el estudio continuo de temas sobre la materia. A.
Estudio de los diferentes derechos humanos
i)
Normas mínimas sobre el tratamiento a personas privadas de
libertad corporal
Este tema se empezó a considerar en el trigesimoprimer período de
sesiones. El relator del mismo, Dr. Carlos A. Dunshee de Abranches,
presentó un documento titulado “Normas mínimas sobre el tratamiento
a personas privadas de su libertad corporal” (doc.51-31 rev.1) que
contiene un proyecto de resolución en el que dispone, entre otras cosas,
elaborar un estudio general sobre la situación de las personas privadas
de su libertad, a cualquier título, en los Estados americanos, como punto
de partida para la preparación de las normas mínimas y otras
recomendaciones que la Comisión decidiera hacer a los gobiernos en el
ejercicio de sus facultades.
En el trigesimosegundo período de sesiones, en la 398a sesión, el
relator hizo una exposición sobre los aspectos fundamentales de su
proyecto y la Comisión acordó aprobarlo con excepción de los citados
puntos 5, 6, 7 y 8 de la parte resolutiva, sustituyéndolos por una
solicitud a los gobiernos de información legislativa, proyectos y
estudios y datos estadísticos sobre el tratamiento a personas privadas de
libertad corporal.
La Comisión ha venido estudiando este tema a partir del primer período
de sesiones, celebrado en octubre de 1960.
El relator designado para este tema, Profesor Manuel Bianchi, ha
sometido, a partir de 1962, cinco informes orientados a mostrar los
progresos alcanzados por los Estados americanos en lo que respecta a este
derecho consagrado en el Artículo XX de la Declaración Americana de los
Derechos y Deberes del Hombre.
Durante el trigesimoprimer período (octubre de 1973), el
Secretario Ejecutivo informó que para facilitar el estudio de este asunto
la Secretaría había preparado el documento de antecedentes titulado El
derecho de sufragio en América (doc.12-31).
Este documento contiene tres partes. En la primera se ofrece un análisis
de los informes del relator de 1962 a 1969. En la segunda se reúnen las
disposiciones constitucionales y legislativas en materia electoral
dictadas en países americanos a partir de 1969. En la tercera se contiene
un breve resumen sobre las misiones de asistencia técnica en materia
electoral y las misiones de observadores en los países americanos que las
habían solicitado.
En el trigesimosegundo período de sesiones (402a sesión) el
relator presentó su sexto informe sobre la situación del derecho de
sufragio en América (doc.30-31).
El informe tiene como base los antecedentes reunidos en el
documento 12-31, preparado por la Secretaría. El relator expresa que la
suspensión del derecho de sufragio en varios países americanos, la
modificación de este derecho en otros países y el hecho de que no se
hubiesen remitido las informaciones legislativas solicitadas de sus
gobiernos le impidieron actualizar el tema en la forma deseada.
La Comisión, acogiendo las recomendaciones del relator, acordó
proseguir el estudio del tema en un próximo período de sesiones.
El tema del derecho de educación fue inicialmente incorporado al
programa general de trabajo durante el vigésimo período de sesiones (diciembre
de 1968) y para el mismo fue designado relator el Dr. Mario Alzamora
Valdez. El relator preparó un trabajo titulado El derecho a la educación
en America Latina (doc.39-25) y durante el vigesimoquinto período de
sesiones, celebrado en marzo de 1971, hizo una exposición sobre el
contenido y propósito del mismo.
En el vigesimonoveno período de sesiones (octubre de 1972) y
tomando en cuenta la ausencia definitiva del Dr. Alzamora, la Comisión
acordó designar al Embajador Robert F. Woodward, nuevo miembro de la
Comisión, como relator del tema encargándole la tarea de completar el
estudio iniciado por el Dr. Alzamora.
El Dr. Woodward, durante el trigesimoprimer período de sesiones (octubre
de 1973) presentó un informe titulado Derecho a la educación
(doc.38-31) y solicitó las observaciones de los miembros.
La Comisión acordó proseguir el examen de este documento en la
siguiente jornada de trabajo, atendiendo a la indicación del relator,
considerándose la posibilidad de que dicho informe, una vez aprobado,
pueda ser trasladado al Consejo Interamericano para la Educación, la
Ciencia y la Cultura.
Durante el trigesimosegundo período (abril de 1974) de sesiones,
la Comisión acordó continuar estudiando el tema, con base en las
informaciones y comentarios que los miembros habían formulado al trabajo
del relator (doc.38-31); solicitar de los miembros que suministren
informaciones que permitan actualizar el trabajo presentado por el Dr.
Alzamora (doc.39-25) y dirigirse al Secretario Ejecutivo del Consejo
Interamericano para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en la forma
indicada, una vez que se hubiere revisado y aprobado el informe con sus
recomendaciones.
iv)
El desarrollo de la ciencia y la tecnología y los derechos
humanos
La Comisión incluyó este tema en su programa general de trabajo
durante el vigesimocuarto período de sesiones (octubre de 1970) y designó
como relator del mismo al Dr. Carlos A. Dunshee de Abranches.
El relator preparó un informe sobre la materia, titulado El
desarrollo de la ciencia y la tecnología y los derechos humanos
(doc.33-27 rev.1), que fue considerado por la Comisión en su vigesimoséptimo
período de sesiones (marzo de 1972). A la vez, la Comisión tomó
conocimiento del trabajo presentado por el Dr. Mario Alzamora Valdez,
titulado Desarrollo de la ciencia y la tecnología y los derechos
humanos (doc.29-27).
En el vigesimonoveno período de sesiones (octubre de 1972) la
Comisión consideró la solicitud del relator del tema, en el sentido de
atender con preferencia los puntos I y II del capítulo de conclusiones
del informe preliminar (doc.33-27 rev.1), donde se sugiere recabar de los
gobiernos, leyes, decisiones judiciales y administrativas que tuvieran
relación con las materias del citado informe preliminar (Punto I) así
como solicitar de los organismos como el CIECC, OPS y CIEN, por conducto
de la Secretaría General de la OEA, su colaboración para el suministro
de los datos pertinentes al tema (Punto II). En esta jornada de trabajo se
encargó al relator un proyecto de cuestionario que pudiera ser sometido a
los gobiernos y se pospuso la decisión final del asunto hasta el
siguiente período de trabajo.
Durante el trigésimo período de sesiones (abril de 1973) la
Comisión resolvió transmitir a los gobiernos el texto del documento
titulado El desarrollo de la ciencia y la tecnología y los derechos
humanos (doc.33-27 rev.1), solicitando a los mismos aquellos proyectos
de ley, leyes, decisiones judiciales y administrativas relativos al
progreso de la ciencia y la tecnología y los derechos humanos. Esta
solicitud fue cursada el 18 de junio de 1973.
Durante el curso del trigesimoprimer período de sesiones (abril de
1972) la Comisión advirtió que no se había recibido respuesta alguna de
los gobiernos sobre el cuestionario que les fuera transmitido en el
trigesimoprimer período de sesiones. En este sentido acordó, confirmando
la decisión tomada en el trigesimoprimer período de sesiones, reiterar
la solicitud de 18 de junio de 1973, una vez que el relator presente el
suplemento al informe preliminar sometido sobre el tema (doc.33-27 rev.1)
y los miembros hubieren sometido sus observaciones y comentarios a dicho
suplemento. B.
Enseñanza y difusión de los derechos humanos
i)
Seminario sobre derechos humanos
La posible celebración de un seminario sobre derechos humanos, en
torno al agotamiento de los recursos de jurisdicción interna, fue
incorporado como tema del programa general de trabajo en el vigesimoctavo
período de sesiones (mayo de 1972).
El Secretario Ejecutivo de la Comisión, Dr. Luis Reque, informó a
la misma, en el trigesimoprimer período de sesiones, sobre el estado de
las gestiones encaminadas a la celebración de dicho evento en los
primeros meses de 1974, posiblemente en Puerto Rico.
La Comisión autorizó al Presidente y al Secretario Ejecutivo para
que llevaran a cabo gestiones en busca de sede, en caso de que no fuese
posible efectuarlo en Puerto Rico.
En el trigesimosegundo período de sesiones se prosiguió la
consideración de este asunto, señalando el Presidente que ya existía un
acuerdo para promover la celebración de un seminario sobre agotamiento de
los recursos internos, agregando que se adelantaban gestiones con la
Comisión de Derechos Humanos de Puerto Rico.
La Comisión, en dicho período, acordó extender la autorización
ya otorgada al Presidente, para que prosiga las gestiones iniciales.
ii)
Programa de Becas Rómulo Gallegos
El Programa de becas, establecido por la Comisión en el
vigesimosexto período de sesiones (octubre-noviembre de 1971) en honor
del humanista y escritor don Rómulo Gallegos, Primer Presidente de la
Comisión, tiene por objeto “ofrecer a los gobiernos de los Estados
miembros de la Organización asesoramiento técnico en el campo de los
derechos humanos, brindando la oportunidad de que personas expertas en la
materia y/o funcionarios gubernamentales puedan llevar a cabo estudios de
especialización en este campo”.
El programa fue puesto en conocimiento de los representantes de los
países miembros en enero de 1972, invitándose a sus gobiernos a
presentar candidatos a las becas, cuyas bases se hicieron circular
seguidamente.
Como respuesta a la iniciativa de la Comisión, fueron presentados
dos candidatos por los Gobiernos de Argentina y los Estados Unidos
respectivamente, a saber los señores Oscar M. Garibaldi y Thomas
McCarthy.
En el trigesimoprimer período de sesiones (octubre de 1973) la
Comisión atendiendo a lo recomendado por la Subcomisión, adjudicó la
primera beca al candidato argentino señor Oscar M. Garibaldi.
Durante el trigesimosegundo período de sesiones (402a sesión), la
Comisión, con base en la recomendación de la Subcomisión, y atendiendo
a que el candidato Sr. McCarthy había quedado en segundo lugar en los
expedientes examinados en el trigesimoprimer período de sesiones, decidió
conceder la segunda beca a dicho candidato.
iii)
Comisiones Nacionales de Derechos Humanos
En el vigesimotercer período de sesiones (abril de 1970) la CIDH
aprobó las Normas relativas a las atribuciones y organización de las
Comisiones Nacionales.
De acuerdo con estas normas, las Comisiones Nacionales coadyuvarán
con la Comisión en la labor de promover el conocimiento y observancia de
los derechos humanos en los Estados americanos.
Para impulsar el establecimiento de dichas comisiones, la CIDH
dispuso solicitar la cooperación de los colegios de abogados, magistrados
y profesores de derecho, etc.
En el vigesimoctavo período de sesiones (mayo de 1972), la Comisión
hizo una evaluación del progreso logrado y de la forma más adecuada de
integrar dichas comisiones.
Durante el trigesimoprimer período de sesiones (octubre de 1973)
el Secretario Ejecutivo informó sobre el estado de las gestiones
encaminadas al establecimiento de algunas comisiones nacionales. La Comisión,
por su parte, encomendó al Secretario Ejecutivo la preparación de un
documento de antecedentes sobre la materia, con el fin de considerarlo en
el siguiente período de sesiones.
En el trigesimosegundo período de sesiones, la Secretaría presentó
una relación del proceso seguido, a través de varios años, para crear
las comisiones nacionales (doc.11-32).
La Comisión consideró este documento y acordó reiterar que, sin
embargo de las dificultades halladas en el proceso de establecer las
comisiones nacionales, era muy importante la organización de las mismas
en cada país americano. CDH/1510 |