INTRODUCCIÓN
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos tiene el honor de someter su
Informe a la Asamblea General, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
52, f de la Carta de la Organización de los Estados Americanos.
Este Informe contiene seis capítulos y ha sido confeccionado de acuerdo con
la Resolución 331 (VIII-0/80) de la Asamblea General y el artículo 59 del
nuevo Reglamento de la CIDH.
El Primer Capítulo es una síntesis resumida de su origen y bases jurídicas.
También trata del nuevo Estatuto y Reglamento de la Comisión.
Al final explica las relaciones que ha tenido la Comisión con otros
organismos del Sistema Interamericano y con organismos regionales y
mundiales de la misma índole.
El Segundo Capítulo se refiere a las actividades de la CIDH durante los años
1979 y 1980.
El Tercer Capítulo se intitula “Informaciones Suministradas por Algunos
Gobiernos de los Estados Miembros de la OEA sobre el Progreso Alcanzado en
la Consecución de los Objetivos Señalados en la Declaración Americana de
los Derechos y Deberes del Hombre y en la Convención Americana sobre
Derechos Humanos”. Éste
contiene, en forma resumida, las legislaciones pertinentes promulgadas
durante el período comprendido por este Informe en diez Estados miembros:
Ellos son: Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Guatemala, México, Nicaragua,
Perú y Uruguay.
Cabe anotar aquí que la Comisión, con el objeto de proceder a la preparación
del presente Informe se dirigió oportunamente a los gobiernos de los
Estados miembros de la Organización solicitándoles se sirvieran
transmitirle informaciones sobre las medidas progresivas adoptadas y los
textos de la legislación promulgada y de la jurisprudencia y actos
administrativos dictados durante los años 1978 y 1979 en relación con la
promoción y defensa de los derechos humanos señalados en la Declaración
Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
En el Capítulo Quinto, la Comisión ha incluido informes especiales sobre
la evolución de la situación de los derechos humanos en Chile, Paraguay,
Uruguay y El Salvador en cumplimiento de las Resoluciones 443 y 446 de la
Asamblea General del año 1979. Con
el fin de que tales informes reflejen la realidad de dichos países de la
manera más actualizada posible, ellos se refieren a hechos acaecidos
durante el año 1979 y los meses de 1980 anteriores a la aprobación del
siguiente informe. Finalmente, en el último Capítulo, la Comisión ha preparado un estudio sobre los campos en los cuales los Estados miembros han de tomar medidas para dar mayor vigencia a los derechos humanos, de conformidad con la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. |